Desde diciembre de 2024, los viajeros que se alojen en hoteles, apartamentos turísticos o viviendas vacacionales en España deben cumplir con nuevas obligaciones de registro. Esta normativa, recogida en el Real Decreto 933/2021, detalla qué datos hay que dar en un hotel y refuerza la trazabilidad de los huéspedes durante su estancia en el territorio español.
¿Qué datos hay que dar en un hotel en España?
La cuestión es qué datos hay que dar en un hotel al hacer el check-in. Según la nueva normativa, todos los viajeros mayores de 14 años deben aportar la siguiente información al alojamiento:
- Nombre y apellidos.
- Tipo y número de documento de identidad.
- Nacionalidad.
- Fecha de nacimiento.
- Sexo.
- Dirección completa de residencia habitual.
- Teléfono de contacto y/o correo electrónico.
- Fecha de entrada y salida.
- Medio de pago utilizado.
- Firma del parte de entrada (obligatoria).
Además, los establecimientos deben registrar el número total de viajeros alojados en cada reserva.
¿Qué datos hay que dar en un hotel si viajas con menores?
Si viajas con menores, es obligatorio indicar la relación de parentesco entre el adulto responsable y los menores que le acompañan. Esta medida busca reforzar la seguridad y el control en los alojamientos turísticos. No es necesario que los menores firmen el parte de entrada, pero sí deben ser registrados en el sistema.
¿Cómo se gestionan los datos?
Toda esta información se transmite al sistema SES.HOSPEDAJES, una plataforma digital creada por el Ministerio del Interior que sustituye a los antiguos registros manuales. Los alojamientos están obligados a conservar los datos durante tres años.
¿Es obligatorio facilitar estos datos?
Sí. Proporcionar esta información es obligatorio para poder alojarse legalmente en cualquier establecimiento turístico en España. Negarse a facilitar estos datos puede suponer la imposibilidad de completar el check-in.
22 de mayo de 2025. Por Redacción Mobilitynews. Foto: Freepik.
